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20260731_registro_20261100283301.pdf
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Código
Concepto Unificado - Tratamiento de los aportes sociales como consecuencia de la ley 2445 de 2025
El artículo 46 de la Ley 79 de 1988 establece que el patrimonio de las cooperativas estará constituido por los aportes sociales individuales y los amortizados, los fondos y reservas de carácter permanente y las donaciones o auxilios que se reciban con destino al incremento patrimonial.