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Circular Externa a Comentarios

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Bogotá, 19 de agosto de 2025. La Superintendencia de la Economía Solidaria publica para observaciones y/o comentarios la adición del numeral 1.3 al 1 del capítulo 3 del Título III de la Circular Básica Contable y Financiera.

 

Fijar un plan de acción para que los fondos de empleados por su nivel de activos que puedan ser clasificados como de categoría plena cuenten con tiempo suficiente para dar cumplimiento a la regulación prudencial exigida en las secciones 1 y 2 del Capítulo 2 del Título 5 de la Parte 11 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 en concordancia con lo señalado en el Literal B del Capítulo III, Título III de la citada circular, sobre indicador de solidez y patrimonio adecuado.

 

En consecuencia, se expide este proyecto de circular con el propósito de proteger los intereses de los asociados, la solidez y la confianza en los fondos de empleados, en ejercicio de las facultades legales conferidas en el numeral 22, del artículo 36, de la Ley 454 de 1998.

 

Invitamos a consultar el documento correspondiente al proyecto de guía, por medio del siguiente enlace:

https://supersolidaria.gov.co/es/content/proyecto-de-norma-2025

 

Se recibirán observaciones hasta el 24 de julio de 2025, a las 5:00 p.m., a través del correo electrónico: proyectodenorma@supersolidaria.gov.co