Miercoles, 08 de septiembre de 2010
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FORMULARIO OFICIAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS

FORMATOS VIGENTES

Circular Externa 004 del 28 de agosto de 2008
(Circular Básica Contable – Financiera
)

NOTAS AL FORMULARIO OFICIAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS:

(1)  El formato 19 será de reporte trimestral obligatorio para las entidades que presenten créditos de vivienda, dentro de los 20 primeros días calendario del mes inmediatamente siguiente a la fecha de corte.

(2) De conformidad con lo previsto en el Decreto 790 de 2003, las cooperativas que ejercen actividad financiera deberán reportar a la Superintendencia el formato 27 del fondo de liquidez y 29 Riesgo de liquidez en medio magnético en formato.tif de acuerdo con lo estipulado en el inciso 1 del numeral 1.6 del Capítulo XIV de la Circular Básica Contable y Financiera, dentro de los veinte primeros días de cada mes.

(3) El formato 23 será de reporte mensual, para las cooperativas que ejercen actividad financiera, cuando  tengan corresponsales no bancarios.

Para mayor información consulte la Circular Básica Contable y Financiera en el menú http://www.supersolidaria.gov.co/normativa/cir_bas_con.php?m=2