Viernes, 10 de septiembre de 2010
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La Constitución Política de Colombia consagra entre los derechos fundamentales:
 


"Se garantiza el derecho de libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades que las personas realizan en sociedad...",
Título II, Capítulo I, artículo 38.

"El Estado protegerá y promoverá las formas asociativas y solidarias de propiedad" Artículo 58, inciso 3.

"...la empresa como base del desarrollo tiene una función social que implica obligaciones, el Estado fortalecerá las organizaciones solidarias y estimulará el desarrollo empresarial...".
Artículo 333, inciso 3.